Historia clínica electrónica en Perú: qué exige la norma
Si atiendes en consultorio privado y estás pensando en dejar el papel, lo primero que aparece es una maraña de siglas: RENHICE, Ley 30024, Ley 29733. Esta guía las ordena en lenguaje llano y separa lo que la norma realmente exige de lo que es simple buena práctica.
Este artículo es material informativo, no asesoría legal. Para decisiones con consecuencias legales, consulta con un abogado especializado en salud.
Las tres normas que importan
Ley N° 30024 creó el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas (RENHICE), una plataforma administrada por el Ministerio de Salud que permite que un paciente —y los profesionales que él autorice— accedan a su información clínica cuando se le atiende en distintos establecimientos. El MINSA es el titular de esa base de datos.
Su reglamento se aprobó por Decreto Supremo N° 009-2017-SA, y ha ido cambiando: el Decreto Legislativo N° 1306 optimizó varios procesos, la Ley N° 31750 modificó los artículos 2 y 4 de la ley original, y el Decreto Supremo N° 020-2025-SA actualizó el reglamento incorporando nuevas definiciones y un título sobre investigación en salud con datos debidamente anonimizados.
Ley N° 29733, de Protección de Datos Personales, es la que más te toca en el día a día. Los datos de salud son datos sensibles, con el nivel de exigencia más alto: consentimiento, finalidad definida, medidas de seguridad y responsabilidad sobre quién accede a ellos.
Qué cambió la Ley N° 31750
La Ley 31750 se publicó en El Peruano el 24 de mayo de 2023 y reescribió dos artículos de la Ley 30024. Su propósito declarado es regular la interoperabilidad de las historias clínicas electrónicas y promover la investigación en salud con datos debidamente disociados.
Artículo 2: qué es el RENHICE. Lo define como la infraestructura tecnológica especializada en salud que mantiene la información de la historia clínica electrónica de respaldo, y a la que pueden acceder el paciente, su representante legal y los profesionales de la salud que él autorice. Añade algo nuevo: el acceso a información clínica disociada para instituciones académicas, públicas y privadas, con fines de investigación. Todo ello sujeto a la Ley 29733, con el Ministerio de Salud como titular de la base de datos.
Artículo 4: para qué sirve. Suma un objetivo: entregar esa información disociada a las entidades académicas que la soliciten y a entidades del sector privado, pero únicamente para investigación científica.
Además, la ley encargó al Poder Ejecutivo reglamentarla y declaró de interés nacional el Programa Nacional de Transformación Digital de la Salud y la medicina personalizada. La actualización del reglamento por el Decreto Supremo N° 020-2025-SA, con su título sobre investigación con datos anonimizados, va en esa misma línea.
Qué significa para tu consultorio
- No te impone obligaciones nuevas. La ley habla del registro nacional que administra el MINSA, no de cómo llevas la historia en tu propio sistema.
- "Disociada" quiere decir sin identidad. Lo que puede salir del RENHICE hacia la investigación son datos que no permiten saber de qué paciente se trata, nunca una historia con nombre y apellido.
- Tus deberes con los datos siguen siendo los mismos. Los datos de salud son sensibles bajo la Ley 29733, y eso no cambió: consentimiento, finalidad, seguridad y control de quién accede.
Lo que en la práctica significa para un consultorio privado
Conviene separar dos cosas que suelen confundirse.
Una: llevar la historia clínica de tus pacientes en formato electrónico. Esto lo puedes hacer hoy, en tu consultorio, con el sistema que elijas.
Dos: estar interconectado al RENHICE para intercambiar información con otros establecimientos. Eso implica un proceso de registro y acreditación ante el MINSA que va más allá de instalar un programa, y que en la práctica arranca por los establecimientos más grandes antes que por el consultorio de un médico solo.
Digitalizar tu consultorio no te obliga a interconectarte mañana. Pero sí conviene que el sistema que elijas no te deje encerrado si más adelante lo necesitas.
Lo que sí debes exigirle a tu software, sea cual sea
Independientemente del RENHICE, hay un mínimo que un sistema que guarda datos de salud debería cumplir. Estas son las preguntas concretas que vale la pena hacer antes de contratar:
- ¿Los datos viajan y se almacenan cifrados? Si la respuesta es vaga, es un no.
- ¿Queda registro de quién accede a cada historia? Una bitácora de auditoría es lo que te permite responder si alguna vez hay una consulta o un reclamo.
- ¿Cada usuario tiene permisos distintos? Tu recepcionista no necesita leer evoluciones clínicas para agendar una cita.
- ¿Los archivos clínicos son públicos? Una radiografía accesible por su URL, sin control de acceso, es una filtración esperando ocurrir. Deben servirse con enlaces temporales o detrás de autenticación.
- ¿Puedes exportar todo? Si no puedes sacar tus datos, no son tuyos en la práctica. Exige exportación completa antes de firmar nada.
- ¿Dónde están los servidores y quién responde ante un incidente? Debe haber un responsable identificable, no un formulario de contacto.
Sobre el consentimiento
Para el tratamiento de datos de salud necesitas el consentimiento del paciente, y necesitas poder demostrarlo. Un consentimiento firmado en papel que luego se archiva en un cajón cumple formalmente, pero no te sirve de nada el día que necesitas encontrarlo. Guardarlo firmado digitalmente y asociado a la historia del paciente resuelve las dos cosas a la vez.
Por dónde empezar
No necesitas resolver todo el marco normativo antes de dejar el papel. En orden práctico:
- Empieza a registrar en digital a los pacientes nuevos, sin transcribir todo tu archivo histórico.
- Asegúrate de que cada persona de tu equipo tenga su propio usuario, nunca uno compartido.
- Verifica que tengas respaldos automáticos y que puedas exportar tu información.
- Guarda los consentimientos firmados dentro de la historia, no en un archivador aparte.
Con eso cubres lo esencial. El resto se construye encima.
Si estás comparando opciones, en cómo elegir software médico para tu consultorio están las preguntas que conviene hacer antes de contratar. Y si quieres ver cómo se aplica a tu especialidad, revisa Histora para medicina general, pediatría, ginecología u odontología.
Enlaces oficiales
Preguntas frecuentes
- ¿Qué es el RENHICE?
- Es el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas, creado por la Ley 30024. Es la infraestructura tecnológica del Ministerio de Salud que mantiene una copia de respaldo de la historia clínica electrónica y permite que el paciente, su representante legal y los profesionales que él autorice accedan a su información clínica en distintos establecimientos.
- ¿Qué cambió la Ley 31750?
- Publicada el 24 de mayo de 2023, modificó los artículos 2 y 4 de la Ley 30024. Redefinió el RENHICE como infraestructura que guarda la historia clínica electrónica de respaldo y permitió que entregue información clínica disociada —sin datos que identifiquen al paciente— a entidades académicas y privadas, únicamente para investigación científica.
- ¿La Ley 31750 permite compartir los datos de mis pacientes con empresas?
- No la historia de un paciente identificable. Lo que el RENHICE puede entregar es información disociada, solo con fines de investigación científica, y siempre dentro de los límites de la Ley 29733 de Protección de Datos Personales. El Ministerio de Salud sigue siendo el titular de esa base de datos.
- ¿Un consultorio privado está obligado a conectarse al RENHICE?
- Llevar la historia clínica en formato electrónico es algo que puedes hacer hoy con el sistema que elijas. Interconectarse al RENHICE es otro paso: requiere un proceso de registro y acreditación ante el Ministerio de Salud, que en la práctica empieza por los establecimientos más grandes. Para tu caso concreto, confirma con un abogado especializado en salud.
- ¿Qué debe cumplir un software de historia clínica electrónica en Perú?
- Como mínimo: cifrar los datos en tránsito y en reposo, registrar quién accede a cada historia, dar permisos distintos a cada usuario, no exponer archivos clínicos por URL pública, permitir exportar toda tu información y tener un responsable identificable ante un incidente.